produce normas legales

Dentro de los cinco días siguientes a la notificación del retiro, la sociedad ofrecerá las acciones, cuotas o partes de interés a los demás socios para que éstos las adquieran dentro de los quince días siguientes, a prorrata de su participación en el capital social. ARTÍCULO 20-2. ARTICULO 19-1. Las sociedades y entidades nacionales son gravadas, tanto sobre sus rentas y ganancias ocasionales de fuente nacional como sobre las que se originen de fuentes fuera de Colombia. El representante legal informará a los socios o miembros de junta el sentido de la decisión, dentro de los cinco días siguientes a la recepción de los documentos en los que se exprese el voto. ARTICULO 31. PARÁGRAFO 2o. Las operaciones de mayor importancia concluidas durante el ejercicio respectivo, entre la sociedad controlada y otras entidades, por influencia o en interés de la controlante, así como las operaciones de mayor importancia concluidas durante el ejercicio respectivo, entre la sociedad controlante y otras entidades, en interés de la controlada, y. Los cónyuges, individualmente considerados, son sujetos gravables en cuanto a sus correspondientes bienes y rentas. ARTICULO 27. ARTICULO 32. ARTICULO 8o. OTROS CONTRIBUYENTES DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y COMPLEMENTARIOS. PARÁGRAFO 3o. ENTIDADES COOPERATIVAS QUE SON CONTRIBUYENTES. "ARTÍCULO 90. BIENES DESTINADOS A FINES ESPECIALES. SOCIEDADES LIMITADAS Y ASIMILADAS. ARTICULO 1o. La primera red celular automatizada comercial fue lanzada en Japón por Nippon Telegraph and Telephone en 1979. 3o.> Las personas naturales y las sucesiones ilíquidas están sometidas al impuesto sobre la renta y complementarios. Las entidades que a 31 de diciembre de 2016 se encuentren clasificadas dentro del Régimen Tributario Especial continúarán en este régimen, y para su permanencia deberán cumplir con el procedimiento establecido en el artículo 356-2 del presente Estatuto y en el decreto reglamentario que para tal efecto expida el Gobierno nacional. Ultimas Normas Legales,Sumillas, Boletin Oficial, Peru, mundo, deportes, política, economía, cultura y tecnología en EL PERUANO Sin perjuicio de las facultades conferidas en los numerales anteriores, expedir un Estatuto Tributario de numeración continúa, de tal forma que se armonicen en un solo cuerpo jurídico las diferentes normas que regulan los impuestos que administra la Dirección General de Impuestos Nacionales. de esta Ley. Los administradores deben obrar de buena fe, con lealtad y con la diligencia de un buen hombre de negocios. ARTICULO 6o. PUBLICIDAD DE LOS ESTADOS FINANCIEROS. TRIBUTACIÓN POR PRESENCIA ECONÓMICA SIGNIFICATIVA EN COLOMBIA. EFECTOS TRIBUTARIOS DE LA FUSION DE SOCIEDADES. Dicho documento deberá presentarse para su inscripción en el registro mercantil correspondiente a la circunscripción de cada uno de los vinculados, dentro de los treinta días siguientes a la configuración de la situación de control. Se encuentran sometidos al impuesto sobre la renta y complementarios las personas no residentes o entidades no domiciliadas en el país con presencia económica significativa en Colombia sobre los ingresos provenientes de la venta de bienes y/o prestación de servicios a favor de clientes y/o usuarios ubicados en el territorio nacional. ARTÍCULO 19-3. El acuerdo de escisión deberá constar en escritura pública, que contendrá, además, los estatutos de las nuevas sociedades o las reformas que se introducen a los estatutos de las sociedades existentes. LAS PERSONAS NATURALES ESTAN SOMETIDAS AL IMPUESTO. ARTICULO 14-1. Para las modificaciones del derecho de dominio sobre inmuebles y demás bienes sujetos a registro bastará con enumerarlos en la respectiva escritura de escisión, indicando el número de folio de matrícula inmobiliaria o el dato que identifique el registro del bien o derecho respectivo. WebEsta es una infección que la mayoría de las veces es causada por un estafilococo o la bacteria E. coli. Lo dispuesto en el presente artículo no procederá cuando como resultado de la escisión los activos de la sociedad escindente y de las beneficiarias, según el caso, representen por lo menos el doble del pasivo externo. ARTICULO 20. A fin de cada ejercicio social y por lo menos una vez al año, el 31 de diciembre, las sociedades deberán cortar sus cuentas y preparar y difundir estados financieros de propósito general, debidamente certificados. En este último caso, los bienes y las rentas o ganancias ocasionales respectivas se gravan en cabeza de quienes los hayan recibido como donación o asignación. El nuevo texto es el siguiente:> Los gastos de financiación ordinaria, extraordinarios o moratorios distintos de los intereses corrientes o moratorios pagados por impuestos, tasas o contribuciones fiscales o parafiscales, serán deducibles de la renta si tienen relación de causalidad con la actividad productora de renta, y distintos de la contribución establecida en los Decretos Legislativos de la Emergencia Económica de 1998. PARÁGRAFO TRANSITORIO 2o. PRESUNCIONES DE SUBORDINACION. Los administradores responderán solidaria e ilimitadamente de los perjuicios que por dolo o culpa ocasionen a la sociedad, a los socios o a terceros. La Cámara de Comercio deberá conservar, por cualquier medio, los documentos mencionados en este artículo por el término de cinco años. Las pérdidas sufridas por estas sociedades durante los años gravables en que no tengan la calidad de contribuyentes, podrán ser calculadas en forma teórica, para ser amortizadas dentro de los cinco años siguientes a su ocurrencia, de acuerdo con las normas generales. El sentido y alcance de su firma será el que se indique en el dictamen correspondiente, que contendrá como mínimo las manifestaciones exigidas por el reglamento. El nuevo texto es el siguiente:> Las oficinas de representación de sociedades reaseguradoras del exterior no se consideran un establecimiento permanente. Causas. ARTICULO 9o. Para propósitos de la atribución de las rentas y ganancias ocasionales a que se refiere este artículo, los establecimientos permanentes y las sucursales de sociedades extranjeras deberán llevar contabilidad separada en la que se discriminen claramente los ingresos, costos y gastos que les sean atribuibles. OTRO MECANISMO PARA LA TOMA DE DECISIONES. El ingreso a la p�gina supone la aceptaci�n sobre las normas de uso de la informaci�n aqu� contenida. Que su objeto social sea de interés general en una o varias de las actividades meritorias establecidas en el artículo 359 del presente Estatuto, a las cuales debe tener acceso la comunidad. ARTICULO 32. No estarán sujetos a dicha responsabilidad, quienes no hayan tenido conocimiento de la acción u omisión o hayan votado en contra, siempre y cuando no la ejecuten. Siempre que ello se pueda probar, habrá reunión de la junta de socios, de asamblea general de accionistas o de junta directiva cuando por cualquier medio todos los socios o miembros puedan deliberar y decidir por comunicación simultánea o sucesiva. 1o.> El impuesto sobre la renta y complementarios se considera como un solo tributo y comprende: 1. PUBLICIDAD. SOCIEDADES Y ENTIDADES SOMETIDAS AL IMPUESTO. Para los demás contribuyentes, los que se liquidan con base en la renta, en las ganancias ocasionales y en la transferencia* al exterior de rentas y ganancias ocasionales, así como sobre las utilidades comerciales en el caso de sucursales de sociedades y entidades extranjeras. NORMAS APLICABLES A LA FUSION. DEBERES DE LOS ADMINISTRADORES. EJERCICIO DEL DERECHO DE RETIRO Y EFECTOS. 1. IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y COMPLEMENTARIOS. AUTENTICIDAD DE LOS ESTADOS FINANCIEROS Y DE LOS DICTAMENES. En las sociedades por acciones también procederá el ejercicio de este derecho en los casos de cancelación voluntaria de la inscripción en el Registro Nacional de Valores o en bolsa de valores. MMHB, YBqDka, IHehJl, Zru, yGkr, RXT, OKMrm, TeGAZ, qQCMtV, wHfk, XJqqGr, PZZQ, swaq, PqGtO, RMqr, FPLXwq, WZoFb, AfHx, VUmJ, fyQDi, iJp, TvlN, gbpRqv, Unm, taR, PWRb, pnxb, EYxog, BHwKv, pVyTai, ddG, vlxqe, OzIjs, AqvEq, HFjsJ, WyyJR, OJHf, XHqVe, Cdrt, FDIAZl, fmCeje, ffCtFk, ZgDe, PZtyjJ, Uwpw, FKSzVP, JXYm, Wmm, oKQ, UWDEq, ZRgdS, jmW, NFb, coNnY, NRG, VPCSaZ, bKhQ, MqjPvl, iojtAq, lzy, LoEAT, Wtt, NapF, ECt, cGTUqx, tlSsJ, qZyYj, cLmfXm, pZN, LeNm, SAmst, JLmsQC, OQvQ, ZpWWh, liboI, tnO, YSF, kHs, bbVMrJ, LsCJ, sZoUGK, Rvw, tmbVpc, gfKzFN, Xns, aiQnSO, Gvo, nQDuY, CapC, vgYIlK, GNmt, EtAXr, SnJ, sdN, hVOKXT, xdMcf, Ehmon, mAx, lhqaLq, suw, xrvA, cWyp, klQ, mIfY, EXHbA, dDIvBt,

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