Esta norma estará vigente desde el 01 de septiembre de 2022 hasta el 31 de diciembre del 2024. Conozca el tratamiento tributario de las ganancias por diferencia de cambio en la determinación del Impuesto a la Renta. Abogado tributarista de la PUCP, Asesor, Consultor, Capacitador, Docente y Conferencista en Temas de Derecho Tributario y Derecho Administrativo. 16/11/2022: 16/12/2022: 18/01/2023: 2 y 3. . Guarda mi nombre, correo electrónico y web en este navegador para la próxima vez que comente. 4- Como adquirente de bienes y servicios. Esperemos tambien lo que mencionara el reglamento. Sobre el particular, el artículo 4° del reglamento de la ley de MYPE, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2008-TR en relación con los grupos económicos y empresas vinculadas dispone lo siguiente: “Artículo 4.- GRUPO ECONÓMICO Y VINCULACIÓN ECONÓMICA. Los contribuyentes del NRUS no están afectos al IGV. Δdocument.getElementById( "ak_js_1" ).setAttribute( "value", ( new Date() ).getTime() ); admin@miabogadoencasa.comLun a Vie: 9.00 AM – 9.00 PM. Al respecto, en el aludido reglamento de la Ley N° 31556, se precisan algunas interrogantes que planteaba la aplicación de la ley en referencia, siendo las más significativas las que pasamos a detallar a continuación: 1.- Definiciones de las actividades de hotel y alojamiento turísticos, así como de las actividades de restaurante. IGV 8% para restaurantes y hoteles: Publican el reglamento. 2.- Aplicación de la tasa especial del 8% del IGV sólo a las actividades de restaurante, hotel y alojamiento turístico. -No están comprendidas en los alcances de la Ley 31556 las empresas que: – Conformen grupo económico que en conjunto no reúnan los requisitos previstos en la Ley 31556. Estando a las interrogantes que planteaba la aplicación de la Ley N° 31556, con fecha 13 de octubre de 2022, se publicó en el Diario Oficial El Peruano, el Decreto Supremo N° 237-2022-EF, reglamento de la Ley N° 31556, Ley que promueve medidas de reactivación económica de micro y pequeñas empresas de los rubros restaurantes, hoteles y alojamientos turísticos. En ese sentido, a continuación, pasamos a detallar los límites que deberán observar las MYPES para efectos de aplicar la tasa especial del 8% del IGV por los periodos de setiembre y octubre de 2022. Por ejemplo: Una empresa inicia actividades en el mes de noviembre de 2022, proyectando que no superará el límite máximo de ventas anuales de hasta 1700 UIT durante dicho mes, podrá aplicar la tasa del 8% del IGV por actividades de restaurante, hotel y alojamiento turístico que realice durante el mes de noviembre de 2022; sin embargo, si constata que superó el límite máximo de venta de 1700 UIT durante dicho mes, aplicará la tasa del 18% del IGV a partir del mes de diciembre de 2022. Por lo tanto, esta misma regla se aplicará para la calificación del beneficio del IGV de 8%. Ley Nº 31556 permite a los restaurantes que no superen las 1700 UIT en ingresos anuales usar una tasa de IGV del 8% a partir del 01.09.2022. . Cabe precisar que este resultado es el mayor nivel registrado en el país desde el . En cuanto a las actividades de restaurante, en el inciso b) del aludido artículo 2° del Decreto Supremo N° 237-2022-EF se define como tales a los servicios comprendidos en la Clase 5610 de la División 56 de la Sección I de la Clasificación Industrial Internacional Uniforme – CIIU (Revisión 4), los cuales pasamos a detallar a continuación: “Clase: 5610 – Actividades de restaurantes y de servicio móvil de comidas. Qué hacer ante su notificación? Hola Miguel somos una micro empresa dedicada al rubro de restaurantes pero no estoy inscrito en REMYPE, sin embargo mis ingresos no exceden el límite de ingresos que establece la ley. Conozca todo sobre la reducción del IGV a 8% para restaurantes, hoteles y alojamientos turísticos. agosto 12, 2022. Ahora con el cambio de la tasa del 10% del IGV en ventas, como se hará la presentación de libros electrónicos debido a que las compras son con el IGV del 10% y 18%, hay algún cambio en los libros electrónicos. Establecimientos podrán emitir facturas sin número de RUC a turistas para la devolución del IGV [Res. S/ 80.00 entre 1.1 (IGV 10%), resultando la base imponible para el IGV de S/ 72.73, luego dicha base multiplicar por la tasa 10% IGV, el resultado sale S/ 7.27 de IGV, haciendo la suma de S/ 80.00 como precio del servicio. Miguel buenas tardes, por favor una consulta los alojamientos de estancias cortas también estarían incluidas en esta ley. Las principales noticias contables que tu empresa y contador necesitan saber en su trabajo diario para evitar futuras multas y fiscalizaciones de la Sunat. Finalmente, el Gobierno está facultado a emitir las normas reglamentarias necesarias para cuando la ley entre en vigencia en un plazo no mayor a 60 días. – Respecto de aquellos contribuyentes que hubiesen iniciado actividades a partir del mes de enero 2022, se consideran los ingresos, según corresponda, desde el mes en que inició esta hasta el mes de agosto de 2022, tratándose del periodo setiembre 2022; o, hasta el mes de setiembre 2022, tratándose del periodo octubre 2022. Maestria en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional por la Universidad San Martin de Porres y Castilla La Mancha , Especialista en Derecho Tributario Internacional por la Universidad Austral, Buenos Aires- Argentina. 6.- Empresas que conforman grupo económico o tengan vinculación económica con otras empresas o grupos económicos nacionales o extranjeros. A partir del 1 de setiembre, el Impuesto General a las Ventas (IGV) se ha reducido a 8% para micro y pequeñas empresas dedicadas a las actividades de restaurantes y hoteles. Por. Esta clase comprende el servicio de comidas a los clientes, ya se les sirvan en mesas o se sirvan ellos mismos de un surtido de platos expuestos, y ya se trate de comida para consumir en el local, para llevar o para entrega a domicilio. Asimismo, se establece que las MYPE gozarán de la tasa especial del IGV en el mes subsiguiente a aquel en que cumplan con el límite mínimo del 70% del total de ingresos provenientes de las actividades de restaurantes, hoteles y alojamientos turísticos. Las ventas anuales se calculan sumando, respecto de los últimos doce (12) meses precedentes al anterior a aquel en que se realizan las actividades de restaurante, hotel y alojamiento turístico (sujetas a la tasa especial del IGV), según el régimen en que se hubiera encontrado la empresa en dichos periodos, lo siguiente: En ese sentido, por ejemplo, a efectos de verificar si la empresa califica como MYPE para aplicar la tasa del 8% del IGV por actividades de restaurante, hotel y alojamiento turístico realizado en el mes de noviembre de 2022, deberá verificar las ventas anuales, las cuales se calculan sumando respecto de los meses de octubre de 2021 a setiembre de 2022, los ingresos netos obtenidos en el mes que resulta de la sumatoria de los montos de tales ingresos consignados en las declaraciones juradas mensuales, sobre la base de los cuales se efectúa el cálculo de los pagos a cuenta para efectos del Régimen General y del Régimen MYPE, la cuota mensual del Régimen Especial del Impuesto a la Renta, o sobre la base de los cuales se ubica la categoría que corresponde a los sujetos del Nuevo Régimen Único Simplificado. Usamos cookies para asegurar que te damos la mejor experiencia en nuestra web. Al respecto, en el artículo 2° de la aludida Ley N° 31556, se dispuso lo siguiente: – La norma resulta aplicable a las personas naturales o jurídicas perceptoras de rentas de la actividad empresarial y que tengan como actividad principal: restaurantes, hoteles, alojamientos turísticos. Cabe recordad que dicho régimen no está afecto y no paga IGV. Esta medida ha presentado una oposición del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF). El decreto supremo en mención entra en vigencia desde mañana 14 de octubre. Si bien es cierto, el IGV dentro de esta ley es el 8%, hay que tener en cuenta que, según el art. Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Δdocument.getElementById( "ak_js_1" ).setAttribute( "value", ( new Date() ).getTime() ); admin@miabogadoencasa.comLun a Vie: 9.00 AM – 9.00 PM. Reducción del IGV para las MYPES de . Es razonable y por tanto causal que una empresa asuma el gasto de vigilancia personal, incluso en sus domicilios, de sus miembros de directorio y directivos en general. Abarca el suministro de alojamiento amueblado en habitaciones y apartamentos o unidades totalmente independientes con cocina, con o sin servicio diario o regular de limpieza, y que incluyen a menudo diversos servicios adicionales, como los de servicio de comidas y bebidas, aparcamiento, lavandería, piscina y gimnasio, instalaciones de recreo e instalaciones para conferencias y convenciones. Aspectos a considerar en la Primera Venta de Inmuebles como operación sujeta al Régimen de Detracciones. La tasa del IGV del 8% esta vigente desde el 1 de setiembre de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2024. Cuota. Asimismo, en el artículo 8° del aludido reglamento de la Ley N° 31556, se ha señalado que las MYPE que dejen de tener vinculación económica o de integrar un grupo económico podrán aplicar la tasa especial del IGV a partir del primer día calendario del mes siguiente de ocurrida la desvinculación o separación del grupo económico, siempre y cuando cumplan con los requisitos definidos en la aludida ley y su reglamento para aplicar dicha tasa especial. Teléfono para contacto: 987527476, Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Por otro lado, para la, Congreso aprueba dictamen para reducir IGV del 18% al 8%. ¿Se generaría una infracción tributaria si emite comprobantes de pago con la tasa del 10% cuando correspondía facturar con la tasa del 18% al no resultar aplicable los alcances de la Ley N° 31556? netas de setiembre de 2021 a setiembre de 2022, atendiendo al régimen tributario al que hubiera permanecido en dichos periodos. No están comprendidas en la Ley Nº 31556 las empresas que, no obstante cumplir con las características definidas en el artículo 2 de la Ley Nº 31556, conformen grupo económico que en conjunto no reúnan tales características, tengan vinculación económica con otras empresas o grupos económicos nacionales o extranjeros. 8.- Si bien el artículo 1° de la Ley N° 31556, señala que el objeto de la ley es beneficiar a aquellas empresas dedicadas a restaurantes, hoteles, alojamientos turísticos, servicios de catering y concesionarias de alimentos ¿Se encuentran incluidos en la Ley los servicios de catering y concesionario de alimentos a pesar de no haberlos señalado expresamente en el ámbito de aplicación de la norma? 7.- Verificación o fiscalización posterior de SUNAT a empresas que apliquen la tasa especial del 8% del IGV. – El cómputo se realizará de acuerdo con lo previsto en el artículo 5° del reglamento de la Ley N° 31556 el cual regula el límite mínimo de ingresos de las actividades de restaurantes, hoteles y alojamientos, considerando a tal efecto los ingresos del período o de los períodos que hubiera optado el contribuyente. Por lo tanto, el total de la facturación será con 10 % adicional al valor de venta. El Decreto Supremo N° 237-2022-EF según lo previsto en su artículo 3°, entró en vigencia a partir del 14 de octubre de 2022, esto es, a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. De otro lado, la Sunat indicó que en 2022 se recaudaron S/ 69.922 millones por Impuesto a la Renta, importe que significó un crecimiento de 18.6 % y S/ 15.045 millones por encima del monto . Los campos obligatorios están marcados con *. Opiniones sobre la propuesta de bajar el IGV. Los campos obligatorios están marcados con *. No conformar un grupo económico o tener vinculación económica con otras empresas que, en conjunto superen los límites de ingresos de una micro o pequeña empresa. e-mail: carrillo.m@gmail.com , miguel.carrillo@pucp.edu.pe Hola Miguel, en caso de personas naturales o empresas nuevas, accederán a este beneficio? ¿Constituyen gasto deducible para las empresas los recibos por honorarios en los cuales se consigna como detalle del servicio “servicios varios” o “trámites varios”? Culminado el mes de noviembre de 2022, la empresa advierte que sus ingresos provenientes de operaciones gravadas con el IGV son de S/ 74,000 Soles, siendo que el ingreso proveniente de actividades de restaurante, hotel y alojamiento turístico ha sido solo de S/ 35,000 Soles, por lo que aplicando el cálculo del porcentaje se tiene lo siguiente: Al verificarse que los ingresos provenientes por actividades de restaurantes, hoteles y alojamiento turístico generados en el mes de noviembre de 2022, representa menos del 70% del total de ingresos de la MYPE, durante el mes de diciembre de 2022, deberá aplica la tasa general del IGV esto es, la tasa del 16%, emitiendo los comprobantes de pago con la tasa del 18%IGV (16%IGV + 2%IPM). De lo expuesto en la Única Disposición Transitoria del Decreto Supremo N° 237-2022-EF, se desprende que por los periodos setiembre y octubre de 2022, se ha regulado un tratamiento especial para identificar si las MYPE cumplen con los requisitos establecidos para la aplicación de la tasa especial del 8% del IGV, siendo que si bien las empresas han venido considerando el límite máximo de ventas anuales de 1700 UIT durante el ejercicio 2021, lo cual coincide con la regulación objeto de análisis, respecto del límite mínimo de ingresos de las actividades de restaurantes, hoteles y alojamientos turísticos, pueden tomar como referencia los ingresos anuales del ejercicio 2021, a los ingresos de los últimos doce (12) meses anteriores al periodo setiembre de 2022, tratándose del periodo setiembre de 2022, o los últimos doce (12) meses anteriores al periodo octubre de 2022, tratándose del periodo octubre de 2022, o verificar los ingresos del periodos agosto de 2022, tratándose del periodo setiembre 2022, o setiembre de 2022, tratándose del periodo octubre de 2022. Esperemos que el reglamento responda esa pregunta. En consecuencia, de los alcances de la Ley N° 31556, si bien se desprende que las empresas comprendidas en dicho beneficio, son aquellas que califican como micro y pequeñas empresas afectas al IGV cuya actividad principal comprenda a los sujetos de las actividades de restaurantes, hoteles, alojamientos turísticos, siempre que los ingresos provenientes de dichas actividades representen el 70% de sus ingresos, se planteaban algunas dudas, respecto de la aplicación de la norma entre ellas, las siguientes interrogantes: 1.- Si cumplo los requisitos previstos en la Ley N° 31556 para aplicar la tasa del 8% del IGV. Sólo debes conservar los comprobantes de pago que te hubieran emitido y aquellos que sustenten las adquisiciones realizadas, en orden cronológico. Restaurantes y hoteles pagarán solo 8% del IGV. Miguel, si tenia un venta al credito del mes de Julio y Agosto, pero recien estoy facturando en setiembre porque mi cliente recien me envio su orden de servicio, entonces la factura la emitirìa con 10% o 18%? 8.1 Límite máximo de ventas anuales de 1700 UIT. Es un muy probable que SI, el reglamento debe indicar ese punto. Las normas reglamentarias serán emitidas en un plazo no mayor a sesenta (60) días. Si deseas una consulta o asesoría personalizada, dale click al botón naranja y nuestra coordinadora te indicará el costo de los honorarios. El Ejecutivo promulgó ley para aliviar la carga tributaria de las mypes ligadas a estos rubros, con el fin de dinamizar el empleo y . 3.4 Cómputo del límite máximo para los contribuyentes que inician actividades. Nuestros precios son justos y razonables y estaremos encantados de atenderte. Asimismo, el MEF sostiene que la mayoría de empresas que son restaurantes y hoteles no son contribuyentes del IGV pues según estadísticas de Sunat más del 50% estaban registrados en el RUS. 3.6 Cómputo del límite máximo en caso la MYPE varíe los ingresos inicialmente declarados. Resolución N° 05421-8-2015. En relación con este punto, en el artículo 4° del Decreto Supremo N° 237-2022-EF se establece el cómputo del límite máximo de ventas anuales de hasta 1700 UITs de las MYPE en seis (6) supuestos específicos, atendiendo a lo siguiente: 3.1 Cómputo general del límite máximo de ventas anuales hasta 1700 UITs de las MYPE. – En caso de que la MYPE tenga menos de doce (12) meses de actividad económica en el año 2021, se consideran los ingresos, según corresponda, desde el mes en que inició esta hasta el mes de diciembre de 2021. Abarca la preparación y el servicio de comidas para su consumo inmediato desde vehículos, sean o no motorizados. Esta ley establece una reducción al 8% del IGV a pagar para todas las micro y pequeñas empresas que tengan como actividad principal: restaurantes, hoteles, alojamientos turísticos. Los campos obligatorios están marcados con. Los contribuyentes del NRUS no están afectos al IGV. No se incluye la explotación de instalaciones de comedor en régimen de concesión, véase la clase 5629.”. Recientemente, el Congreso aprobó la reducción de la tasa de IGV de 18% a 8% para las mypes del sector hoteles y restaurantes hasta el 2024. En caso el MTPE determine la existencia de un grupo económico o vinculación económica entre micro y pequeñas empresas, excluirá dichas empresas de los alcances de la Ley cuando corresponda.”. Recibe mis mejores tips y consejos sobre temas contables que te ayudaran en tu carrera profesional. Cabe recordar que la Sunat elevó de S/154.000 millones a S/158.000 millones su estimado de recaudación para el cierre del 2022, un 30% más de los niveles prepandemia. Esta tasa de IGV que pasa de 18% a 8% estará vigente a partir del mes siguiente de la promulgación de la norma, y se extendería hasta el 31 de diciembre del 2024. Los alcances de la Ley Nº 31556 son aplicables a las personas naturales o jurídicas perceptoras de rentas de la actividad empresarial y que tengan como actividad principal: Acceden a los beneficios de la Ley Nº 31556 sólo las micro y pequeñas empresas afectadas al IGV, cuyos ingresos anuales no superen las 1700 UIT. . . 5.- Efectos de la pérdida de la tasa especial del IGV por no cumplir con los límites previstos en la norma. CONVOCADOS A EVALUACION TECNICA Y PSICOLOGICA DEL 446 al 466 III CURSO ADUANERO Y TRIBUTARIO (III CAT MODALIDAD VIRTUAL), SUSPENDEN PROCESO DE SELECCION III CAT VIRTUAL NO HAY EXAMEN EL 24 DE ENERO DE 2016, DIPLOMADO EN DERECHO TRIBUTARIO: IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS I - 2016, Régimen de Detracciones e Ingreso como recaudación, Precios de Transferencia y Valor de Mercado, Contratos de Construcción y Primera Venta de Bien Inmueble, Convocatoria al III CAT EXTERNO MODALIDAD VIRTUAL A NIVEL NACIONAL, Nuevo Libro Digital DEFCON 2015 EL PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO TRIBUTARIO, Diplomado en Derecho Tributario Impuesto a la Renta e Impuesto General a las Ventas, Diplomado en Derecho Tributario Impuesto a la Renta Impuesto General a las Ventas MIGUEL CARRILLO, Diplomatura en Derecho Tributario Pos Grado Universidad Nacional Mayor de San Marocs, CASO PRÁCTICO DE TERCERA CATEGORÍA - EJERCICIO GRAVABLE 2015 (PDT Nº 702), Carta de Derechos del Contribuyente y Usuario Aduanero. Miguel Torres es accionista (80% acciones )de la empresa Noticiero Contable SAC, cuyos ingresos anuales son S/ 1500 UIT, posteriormente, decide constituir una nueva empresa Revista Misha EIRL, donde es el titular de la empresa, cuyos ingresos anuales son 500 UIT. Para el caso de contribuyentes que inicien actividades económicas por primera vez, dentro de las cuales se encuentran aquellas comprendidas en la Ley, esto es las actividades de restaurante, hotel y alojamiento turístico, siempre que proyecten no superar el límite máximo de ventas anuales de hasta 1700 UIT durante su primer mes de actividad, se entenderá que cumplen con el referido límite en dicho mes. RTF N° 08716-10-2017, Recomendaciones a los contribuyentes respecto de los 5 puntos Plan de Control verano 2018 de SUNAT. Si revisas el video, encontrarás la respuesta. 15/12/2022: 17/01/2023: 1. Acceden solo las micro y pequeñas empresas afectas al IGV, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 del D.S. Buenas Tardes Miguel tengo una consulta la cadena de restobares están incluidas en la ley?. – Tengan vinculación económica con otras empresas o grupos económicos nacionales o extranjeros. Autor de diversas publicaciones en revistas especializadas en materia tributaria. Experto en Derecho Tributario y Fiscalidad Internacional, abogado tributarista de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Elani Yahaira Mamani Gutierrez - 10 enero, 2023. Especialista en Derecho tributario Internacional por la Universidad Austral de Buenos Aires-Argentina. Asimismo, en el artículo 3° de la Ley N° 31556 se dispone que las operaciones de venta de bienes y servicios que realicen las empresas comprendidas en los alcances de la aludida ley, están gravadas excepcionalmente con la tasa del impuesto general a las ventas (IGV) de ocho por ciento (8 %). De otro lado, se señala en el segundo párrafo del aludido artículo 7° del Decreto Supremo N° 237-2022-EF que, configurado el grupo económico o la vinculación económica, esta se mantendrá mientras subsista la causal que la configuró debiendo todas las personas naturales o jurídicas que integran el grupo o que tengan vinculación económica, aplicar la tasa general del IGV, esto es la tasa del 18% (16% IGV + 2% IPM). Nuestros honorarios son justos y razonables y estaremos encantados de atenderte. Especialista en Derecho Administrativo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Si bien es cierto, el objeto de la ley es también reducir el IGV a las empresas de catering y concesionarios, dentro del ámbito de aplicación de la ley solo tenemos a restaurantes, hoteles y alojamientos turismos. D.S. Docente en Derecho Administrativo en el Instituto de Estudios Legales y Empresariales, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, INCIPP, Ceficap, entre otras instituciones. Destinado a las micro y pequeñas empresas dedicadas a las actividades de restaurantes, hoteles y alojamientos turísticos, con la finalidad de apoyar la reactivación en este sector económico como consecuencia de la pandemia por COVID 19. En consecuencia, de la redacción del artículo 6° del aludido reglamento de la Ley N° 31556, se desprende que las MYPE deberán efectuar un control mensual al 1 de enero de cada mes, si en el mes anterior al precedente, o el periodo de doce (12) meses del mes precedente al anterior, para verificar si se encuentran habilitadas a aplicar la tasa del 8% del IGV, siendo que de no cumplir con dichos requisitos aplicarán la tasa general del IGV. ¿Las remesas del extranjero pagan impuestos en Perú? Esto no es nada nuevo, es la misma regla que se aplica a la empresas que desean acogerse al REMYPE, esto es para evitar la creación de empresas con el fin de evitar el paso de microempresa a pequeña empresa o de pequeña empresa al régimen general. En relación con este punto, en la Única Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 237-2022-EF, se ha regulado el procedimiento que deben aplicar las MYPE para verificar si les resulta aplicable la tasa especial del IGV por los periodos de setiembre y octubre de 2022, atendiendo al requisito referido al límite máximo de ventas anuales de 1700 UIT y al límite mínimo de ingresos de las actividades de restaurantes, hoteles y alojamientos turísticos. Contáctenos al 987527476 y al correo electrónico: carrillo.m@gmail.com. Luis y Miguel consumieron menú incluido una gaseosa personal en el restaurante “Doña Luz”, RUC de persona natural que se encuentra en el Régimen Especial de Renta. Por ejemplo: Una MYPE inicia actividades en el mes de febrero de 2022, y realiza actividades de restaurante, hotel y alojamiento turístico en el mes de noviembre de 2022, para efectos del cómputo del límite máximo deberá considerar los ingresos desde el mes de febrero de 2022 hasta el mes de setiembre de 2022 (mes precedente al anterior al cual se efectúa el cálculo). Luis solicitó se le emita una Factura y Miguel una Boleta de Venta, la dueña del negocio procedió a la emisión de la Factura y Boleta de Venta de la siguiente manera: La Boleta de Venta se emitió de la siguiente manera: *Para registrar la Boleta de Venta en el Registro de Ventas se tendrá que disgregar el IGV 10%, para ello se tendrá que dividir el total de la B.Vta. Hace unos días, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) reiteró su rechazo a los proyectos de ley presentados por el Congreso, para la reducción temporal del IGV, de 18% al 8%, y la compensación automática del saldo del crédito fiscal del IGV acumulado para restaurantes, hoteles y . Esta nueva tasa no es aplicable a las empresas que conformen grupo económico que en conjunto no reúnan los requisitos previstos en la Ley N° 31556. La norma dispone la reducción temporal de la tasa del IGV a 8% desde el 1 de setiembre del 2022 hasta el 31 de diciembre del 2024. Destinado a las micro y pequeñas empresas dedicadas a las actividades de restaurantes, hoteles y alojamientos turísticos, con la finalidad de apoyar la reactivación en este sector económico como consecuencia de la pandemia por COVID 19. Diez aspectos a considerar en la compensación tributaria. El Congreso aprobó una ley que reduce el impuesto General a las ventas (IGV) de 18% a 8% de las mypes que operan en los rubros de gastronomía, hotelería y turismo. La tasa del Impuesto General a las Ventas (IGV) se redujo hasta el 2024 de 18% a 8% para las micro y pequeñas empresas del sector hoteles y restaurantes. Esta disposición es aplicable a las personas naturales o jurídicas perceptoras de rentas de la actividad empresarial y que tengan como actividad principal la de restaurantes, hoteles, alojamientos turísticos cuyos ingresos por ventas o prestación de servicios de dichas actividades representan, por lo menos, el setenta por ciento (70 %) de sus ingresos. Los servicios de mantenimiento, pintado, reparación y acondicionamiento de edificios para oficinas públicas, penitenciarias y otros análogos se encuentran sujetos al SPOT como contratos de construcción, siéndoles de aplicación el porcentaje de detracción del 4%. Docente en Derecho Tributario en Programas de Pos Grado en el Curso de Especialización Avanzada de Derecho Tributario de la Pontifica Universidad Catolica del Peru, en el Curso de Posgrado en Derecho Tributario de la Universidad San Martin de Porres, en la Diplomatura de Tributación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Pre-Maestria de Politica y Sistema Tributario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Maestria en Derecho Tributario de la Universidad Continental, en el Diplomado de Derecho tributario de la Universidad Continental, en los Diplomados, Diplomaturas, Diplomados Virtuales y Cursos de Especialización en Derecho Tributario del Instituto de Capacitación Juridica, Conferencista en los Diplomados de Derecho Tributario organizados por el Colegio de Abogados de Lima, Colegio de Contadores del Callao, Cámara de Comercio de Lima, Cámara de Comercio Peruano- Argentina, EGACAL, Perucontable, Instituto Tributario del Norte, Instituto de Estudios Jurídicos y Empresariales, Grupo de Altos Estudios Empresariales, Taller de Derecho Tributario y Aduanero, Colegio de Contadores del Cusco, Instituto INEDI, Grupo Contable, Grupo Acrópolis, ESDEN, CEFICAP, GRUPO RIVEL, HEGEL, INCIPP, ENAPP, San Pablo Capacitaciones, Colegio de Abogados de Lima Norte, entre otros. Cabe mencionar que, estando a lo previsto en el artículo 5° del Decreto Supremo 013-2013-PRODUCE las empresas tienen la siguiente calificación: – Microempresa: Ventas anuales hasta el monto máximo de 150 Unidades Impositivas Tributarias (UIT). 15/11/2022. Ladersam Consultores, Paredes Cano & Asociados, Estudios Benites. Conoce si tu empresa se ve . La República. Para el cómputo del límite máximo en el caso de reorganización de sociedades, la norma refiere que para efectos de computar el límite máximo de ventas anuales de hasta 1700 UIT, la MYPE que hubiera absorbido a otra considera en su cálculo las ventas de la empresa absorbida de acuerdo con el cómputo general detallado en el punto anterior. 000005-2023/Sunat] Publicado en el diario oficial El Peruano el 10 de enero de 2023. – Las MYPE que inicien actividades económicas por primera vez en el mes de setiembre u octubre de 2022 dentro de las cuales se encuentran aquellas comprendidas en el beneficio de la Ley y que proyecten o hubiesen proyectado cumplir con el límite mínimo de ingresos provenientes por dichas actividades, durante dicho mes gozan de la tasa especial del IGV. Esto es una duda que tienen muchos actualmente. Si bien es cierto de manera individual, ambas empresas califican para acogerse al REMYPE, pero al ser un grupo económico, esta última (Revista Misha EIRL) no califica para la afiliación al REMYPE. Tratándose de la MYPE que, de acuerdo a las normas emitidas por la SUNAT, se encuentre exceptuada de la obligación de presentar las declaraciones juradas mensuales del IGV e Impuesto a la Renta, a efectos de determinar el total de ingresos, se consideran los montos consignados en los comprobantes de pago electrónicos o comprobantes de pago emitidos en concurrencia o contingencia, incluyendo los documentos complementarios a estos, en el mes de evaluación en los que se encuentre exceptuado de tal obligación, en caso de que los hubiera. Presión tributaria alcanzó el 16.8% del PBI, de acuerdo con datos estimados por Sunat Reporte del Departamento de Estudios Económicos de Scotiabank señala también que ingresos tributarios del . En ese sentido, estarás obligado a llevar los siguientes libros o registros contables: En el Nuevo Régimen Único Simplifiado - NRUS: No hay obligación de llevar libros ni registros contables. Nuevamente, muchas gracias. La nueva tasa del IGV para este tipo de establecimientos entrará en vigencia el 1 de setiembre de 2022 hasta el 31 de diciembre del 2024. Una consulta, las empresas deben estar inscritas como Remype para poder acogerse a dicho beneficio? Por otro lado, para la pequeña empresa se consideran ventas anuales superiores a 150 UIT y hasta el monto máximo de 1700 UIT. c) Los ingresos brutos mensuales que resultan de la sumatoria de los montos de tales ingresos consignados en las declaraciones pago mensuales, sobre la base de los cuales se ubica la categoría que corresponde a los sujetos del Nuevo Régimen Único Simplificado. Mediante Decreto Supremo Nº 237-2022-EF, publicado hoy en el diario oficial El Peruano, se aprobó el Reglamento de la Ley N° 31556, que promueve medidas de reactivación económica de las mypes de los rubros de restaurantes, hoteles y alojamientos turísticos. Esto con la finalidad de apoyar la reactivación económica de este gran segmento económico empresarial, que ha sufrido un impacto devastador como consecuencia de la pandemia por covid-19, con la finalidad de viabilizar la supervivencia y evitar el cierre de estas actividades. En relación con este punto, el reglamento precisa en el numeral 3.1 del artículo 3° del Decreto Supremo N° 237-2022-EF, que la tasa especial del 8% del IGV solo es aplicable a las operaciones gravadas con el IGV por actividades de restaurante, hotel y alojamiento turístico que realicen las MYPE durante los meses en los que cumplan con los requisitos previsto en la Ley. Octubre 2022. Sunat: recaudación en 2022 superó en S/ 17 820 millones más que el 2021. En relación con este punto, en el artículo 5° del Decreto Supremo N° 237-2022-EF, se ha regulado el procedimiento para verificar si la MYPE cumple con el límite mínimo del setenta por ciento (70%) del total de sus ingresos por actividades de restaurantes, hoteles y alojamientos turísticos a efectos que le resulte aplicable la tasa del 8% del IGV, disponiéndose lo siguiente: Para efectos del cómputo del límite mínimo del setenta por ciento (70%) del total de los ingresos de la MYPE, provenientes de las actividades de restaurantes, hoteles y alojamientos turísticos al que refiere el párrafo 2.2 del artículo 2 de la Ley, se considera lo siguiente: Por ejemplo: La MYPE para efectos de aplicar la tasa del 8% durante el periodo de noviembre de 2022, deberá verificar que los ingresos del mes de setiembre de 2022 (mes precedente al anterior por el que realiza el cálculo) por actividades de restaurantes, hoteles o alojamientos turísticos, representen por lo menos el 70% de los ingresos de dicho mes. LEY 31556. ley que promueve medidas de reactivación económica de micro y pequeñas empresas de los rubros de restaurantes hoteles y alojamientos turísticos. Igualmente, no están comprendidos quienes tengan vinculación económica con otras empresas o grupos económicos nacionales o extranjeros. RTF N° 08084-8-2016. – Los contribuyentes podrán volver a aplicar la tasa especial del IGV desde el primer día calendario del mes subsiguiente al último que se empleó para verificar el cumplimiento de los límites antes mencionados, siempre y cuando cumplan con estos. Cabe señalar que la Clase 5510 de la División 55 de la Sección 1 de la Clasificación Industrial Uniforme- CIIU (revisión 4), detalla lo siguiente: “Clase: 5510 – Actividades de alojamiento para estancias cortas. Los campos obligatorios están marcados con *. Por otro lado, entiendo hay también una limitarte respecto a que al menos el 70% de sus actividades o ingresos, deben estar relacionados a restaurantes, hoteles y afines. Guarda mi nombre, correo electrónico y web en este navegador para la próxima vez que comente. Lee también: Reducen tasa del IGV de 18% a 8% para restaurantes y hoteles. Solo están comprendidos las micro y pequeñas empresas afectas al IGV. 9.- Si la empresa realiza actividades complementarias al servicio de alojamiento ¿Dichos servicios también se encuentran comprendidos en los alcances de la Ley N° 31556? Dicha entidad señala que una tasa reducida del IGV distorsiona y dificulta su aplicación, hace más complicado el sistema tributario (al generar tres regímenes adicionales) e incentiva la informalidad. Caso practico del IGV de hoteles y restaurantes Ley 31556-2022CURSOS ONLINE VER AQUÌ https://www.academiagrupseld.com/cursos/VISITA NUESTROS BLOG . S/ 12.00 entre 1.1 (IGV 10%), resultando la base imponible para el IGV de S/ 10.91, luego dicha base multiplicar por la tasa 10% IGV, el resultado sale S/ 1.09 de IGV, haciendo la suma de S/ 12.00 como precio del servicio. Los ingresos en la determinación del Impuesto a la Renta de Tercera Categoría del ejercicio 2017. Cabe mencionar que esta precisión del reglamento era necesaria, toda vez que de los alcances del numeral 2.2 del artículo 2° de la Ley N° 31556, únicamente se hacía referencia a la actividad principal para efectos del goce del beneficio de la tasa del 8% del IGV, más no detallaba si una vez identificada la actividad principal que representa más del 70% de los ingresos, a todas las actividades que realice la empresa por ventas o prestación de servicios, les resultaba aplicable dicha tasa excepcional, quedando claro, a partir de lo dispuesto por el reglamento que se debe hacer una diferenciación en función a la actividad realizada gravada con el IGV, en tanto sólo será aplicable la tasa del 8% del IGV por operaciones gravadas con el IGV por actividades de restaurante, hotel y alojamiento turísticos. Pero la norma no indica que sea necesario estar inscrito al REMYPE para acceder a este beneficio, sino solamente cumplir con el limite de ingresos de una micro o pequeña empresa. De la lectura del aludido artículo 3° del reglamento de la Ley N° 31556, se desprende que las empresas comprendidas en los alcances de dicha ley, deberán facturar con la tasa del 10% (8% IGV + 2% IPM) por las actividades de restaurante, hotel y alojamiento turísticos, según la definición de dichas actividades y servicios adicionales previstos en las Clases 5510 y 5610 de las Divisiones 55 y 56 respectivamente, y emitir los comprobantes de pago con la tasa del 18% por aquellas operaciones gravadas con el IGV que no califiquen como actividades de restaurante, hotel y alojamiento turísticos, esto es, deberán hacer una identificación de sus actividades, a pesar que el volumen de sus ingresos por éstas últimas actividades representen más del 70% de sus ingresos. Para determinar los ingresos que correspondan a la venta y prestación de servicios de las actividades sujetas a la tasa especial del IGV, la MYPE deberá obtener el resultado correspondiente al valor de las operaciones consignadas en los respectivos comprobantes de pago y los documentos complementarios a estos. Garcilaso de la Vega 1472, Lima 1. De otro lado, si las empresas no aplicaron la tasa especial del IGV en un mes determinado, por ejemplo, noviembre del 2022 por no cumplir los requisitos previstos para aplicar dicha tasa del 8%, podrán volver a aplicarla desde el primer día calendario del mes subsiguiente al que se empleó para verificar el cumplimiento de los límites establecidos, esto es, si al 1 de diciembre de 2022, verifica que en el mes de octubre no ha superado los límites previstos para el goce del beneficio, podrá aplicar la tasa del 8% durante todo el mes de diciembre. Se considera como grupo económico al conjunto de empresas, cualquiera sea su actividad u objeto social, que están sujetas al control de una misma persona natural o jurídica o de un mismo conjunto de personas naturales o jurídicas. Tania, quien solicita se le emita Boleta de Venta, el administrador procedió a emitir la Boleta de Venta de la siguiente amanera: **Para registrar la Boleta de Venta en el Registro de Ventas se tendrá que disgregar el IGV 10%, para ello se tendrá que dividir el total de la B. Vta. Asesoría tributaria. Cabe mencionar que solo acceden a este beneficio las micro y pequeñas empresas afectas al IGV de acuerdo con lo establecido en el Decreto Supremo N° 013-2013-PRODUCE. Experiencia en consultoras, auditoras y estudios tributarios. Mediante la Ley N°31556, publicada en el diario El Peruano el 12 de agosto de 2022, se estableció una tasa especial y temporal del impuesto general a las ventas (IGV) para las micro y pequeñas empresas (mypes) dedicadas a las actividades de restaurantes, hoteles, alojamientos turísticos, con la finalidad de apoyar la reactivación económica de este […] "Es importante destacar que en el año 2022 se habría alcanzado una presión tributaria del orden de 16.8%, porcentaje que excede en 0.8 puntos porcentuales al de 2021. El porcentaje es el resultado de dividir los ingresos que corresponden a la venta y prestación de servicios de las actividades sujetas a la tasa especial del IGV, entre el total de ingresos obtenidos por la MYPE multiplicado por cien (100). – Los contribuyentes que inicien actividades económicas por primera vez en el mes de setiembre u octubre de 2022, siempre que proyecten o hubiesen proyectado no superar el límite máximo de ventas anuales de hasta 1700 UIT durante dicho mes, se entenderá que cumplen con el referido límite. El 1 de septiembre entró en vigencia la Ley N° 31556, que reduce el IGV para las medianas y pequeñas empresas del sector hotelero y restaurantes .Esta ley busca impulsar la reactivación económica de estos rubros. En consecuencia, las micro y pequeñas empresas que realicen actividades de restaurantes, hoteles, alojamientos turísticos, cuyos ingresos representen por lo menos el 70% por dichas actividades, a partir del 01.09.2022 están habilitadas a aplicar la tasa del 8% del IGV por las ventas de bienes y prestación de servicios afectas al IGV hasta el 31.12.2024. Solo están comprendidos las micro y pequeñas empresas afectas al IGV. Se considera como total de ingresos al mayor valor que resulte de comparar los ingresos declarados para efectos del IGV con aquellos declarados para efecto de los pagos a cuenta o el pago de la cuota del Impuesto a la Renta, según corresponda. Según lo que se establece en el reglamento, en aquellos casos en los que la MYPE tenga menos de doce (12) meses de actividad económica, se consideran los ingresos, según corresponda, desde el mes en que inició esta hasta el mes precedente al anterior por el que se hace el cálculo. En cuanto a la deducción del crédito fiscal por parte de las empresas adquirentes, queda claro que en tanto se ha señalado que el control en la debida aplicación de la tasa especial del IGV será de cargo de la Administración Tributaria, no se perderá el crédito fiscal por una aplicación indebida de la tasa del IGV a cargo del proveedor, siendo que en caso SUNAT verifique la indebida aplicación de la tasa especial del IGV por parte del proveedor, efectuará el cobro del tributo omitido u aplicará las sanciones correspondientes por las infracciones originadas por la indebida aplicación del 8% del IGV. En relación con este punto en el artículo 2° del Decreto Supremo N° 237-2022-EF, señala que las actividades de hotel y alojamiento turístico son los los servicios comprendidos en la Clase 5510 de la División 55 de la Sección I de la Clasificación Industrial Internacional Uniforme – CIIU (Revisión 4); asimismo, estarían comprendidos en dichos servicios, aquellos adicionales detallados en la Clase 5510 que se presente de manera complementaria. A partir del 01 de setiembre de 2022Las empresas beneficiarias podrán emitir los comprobantes de pago por las operaciones de venta de bienes y prestación de servicios afectos al IGV, consignando como IGV la tasa del 10% (8% del IGV + 2% IPM). Lee también: Congreso aprueba dictamen para reducir IGV del 18% al 8%. Guarda mi nombre, correo electrónico y web en este navegador para la próxima vez que comente. icroempresa se consdieran las ventas anuales hasta el monto máximo de 150 UIT. Noviembre 2022: Diciembre 2022: 0. Mediante Decreto Supremo Nº 237-2022-EF, publicado hoy en el diario oficial El Peruano, se aprobó el Reglamento de la Ley N° 31556, que promueve medidas de reactivación económica de las mypes de los rubros de restaurantes, hoteles y alojamientos turísticos. . Esta iniciativa se suma a la lista cada vez más grande de beneficios tributarios que han venido impulsándose durante el 2022. Nuestros precios son justos y razonables y estaremos encantados de atenderte. Recibe los mejores consejos empresariales de nuestros profesionales. y respecto a la acreditación en REMYPE si no cuento con ello no hay problema? En cuanto a este punto, se ha establecido en la primera disposición final del Decreto Supremo N° 237-2022-EF, que la debida aplicación de la tasa especial del IGV; así como, el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley y de lo dispuesto en el reglamento está sujeto a verificación o fiscalización posterior por parte de la SUNAT, sin perjuicio de las acciones preventivas o de control concurrente que esta pueda efectuar. 714/2021-CR, aprobado a la fecha por el Congreso de la República, se busca reducir la tasa del Impuesto General a las Ventas (IGV) del 18% a 8%, para las mypes de los rubros de restaurantes, hoteles y alojamientos turísticos. Ingrese su correo electrónico para notificarlo de las actualizaciones de este blog: Tu dirección de correo electrónico no será publicada. – Acceden a los beneficios de la ley solo las micro y pequeñas empresas afectas al IGV de acuerdo con lo establecido en el Decreto Supremo 013-2013-PRODUCE. De la lectura de los servicios comprendidos en la Clase 5610, se desprende que todos los servicios detallados en dicha clase calificarían para efectos de la aplicación de la Ley N° 31556, como actividades de restaurante, por ejemplo: el servicio de comidas a los clientes para llevar o para entrega a domicilio. Aduanero, Contable, Ambiental. 8.- Aplicación de la tasa especial del 8% del IGV por los periodos setiembre y octubre de 2022. Asimismo, se dispone que todas las actividades, ya sea aquellas que correspondan a actividades de restaurante, hotel y alojamiento turísticos, así como las que actividades que no correspondan a dichos rubros gravadas con el IGV, están gravadas con la tasa del IPM detallada en el artículo 76° del TUO de la Ley de Tributación Municipal, esto es, con el 2% del IPM. ¿La norma me obliga a verificar si el proveedor me ha facturado correctamente con la tasa del 18% o del 10% a efectos de no tener contingencias tributarias en la deducción del crédito fiscal? Coautor del Libro: Derecho Tributario Internacional Económico. A través del Proyecto de Ley No. En caso se supere el citado límite en el primer mes, la tasa general del IGV se aplicará a partir del segundo mes de iniciadas las actividades. Aplicar el IGV de 10% según la Ley N° 31556 es muy fácil, acá te dejamos el paso a paso. Al respecto, la debida aplicación de la tasa especial del IGV, así como el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley y de lo dispuesto en el reglamento está sujeto a verificación o fiscalización posterior por parte de la Sunat, sin perjuicio de las acciones preventivas o de control concurrente que esta pueda efectuar. Los campos obligatorios están marcados con *. A partir del 1 de setiembre de 2022, entró en vigencia la Ley 31556, ley que tiene por objeto establecer una tasa especial y temporal de impuesto general a las ventas (IGV), denominado "8% del IGV para Rescatar el Empleo", para las micro y pequeñas empresas dedicadas a las actividades de . En ese sentido, se puede afirmar que la Administración Tributaria será la encargada de verificar el cumplimiento de los requisitos en la aplicación de la tasa especial del IGV que efectúen las MYPES, la cual incluye acciones preventivas como puede ser la notificación de esquelas de citación o cartas inductivas hasta acciones de control concurrente o el inicio de procedimientos de fiscalización definitiva o parcial del IGV, siendo que, de verificarse la aplicación indebida de la tasa del 8% del IGV, se realizará el cobro del tributo omitió y aplicará las sanciones tributarias correspondientes por dicha aplicación indebida, es decir, podrá multar a las empresas con la infracción tipificada en el numeral 1 del artículo 178° del Código Tributario por declarar cifras y datos falsos vinculados con la determinación de la obligación tributaria, la cual se sanciona con el 50% del tributo omitido, más los intereses que correspondan por el tributo omitido u la infracción tributaria cometida o detectada por SUNAT. 76 del D.S. . Hola Miguel, gracias por tus comentarios, pregunto las boletas de venta emitidas electrónicamente se puede gravar IGV por venta de pollo a la brasa en Lima, o solo es en Factura y en boleta de venta electrónica se incluye el IGV al emitir. ¿La norma obliga a hacer un control mensual de los ingresos o se refiere a los ingresos netos generados en el ejercicio fiscal anterior? 3.- En cuanto al uso del crédito fiscal. De otro lado, en la Segunda Disposición Complementaria y Final del aludido Decreto Supremo N° 237-2022-EF, se indica que la SUNAT podrá establecer en el marco de sus competencias los mecanismos y procedimientos necesarios para el control de la aplicación de la tasa especial del IGV. – Las ventas anuales se calculan sumando los ingresos consignados en las declaraciones juradas mensuales sobre la base de los pagos a cuenta mensuales para el Régimen General y Régimen Mype Tributario, las cuotas mensuales del Régimen Especial del Impuesto a la Renta (RER) o la categoría a la que corresponda a los sujetos del Nuevo Régimen único Simplificado (Nuevo RUS) según corresponda, respecto de los meses de enero a diciembre del año 2021, para tal efecto se considera la UIT vigente del 2021, esto es el importe de S/ 4,400 Soles. 7.- En caso de empresas que recién operen a partir de setiembre de 2022 en adelante ¿Cómo verificarán si el cumplen con el requisito referido a que los ingresos por actividades de restaurante, hoteles o alojamiento, represente más del 70%? Si continúas usando este sitio, asumiremos que estás de acuerdo con ello. Si la mype tiene menos de 12 meses de actividad económica, se consideran los ingresos, según corresponda, desde el mes en que inició esta hasta el mes precedente al anterior por el que se realiza el cálculo. Por ejemplo: Una MYPE se encuentra exceptuada de presentar declaración jurada mensual de IGV-RENTA durante los meses de junio a agosto de 2022, y realiza actividades de restaurante, hotel y alojamiento turístico durante el mes de noviembre de 2022, para efectos del cómputo del límite máximo de ventas anuales hasta 1700 UIT, deberá considerar por los meses de junio a agosto de 2022, los comprobantes de pago emitidos, notas de débito y notas de crédito a efectos de verificar si ha superado el aludido límite de ventas. Beneficia a empresas del hoteles y turismo con ventas anuales de hasta 1.700 UIT . Las consultas son en línea (por email, chat o videollamada, según disponibilidad) y su costo depende del área del Derecho y la complejidad de la consulta.
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